viernes, 12 de marzo de 2010

dejate de joder ....rizzi




La lectura del proyecto del concejal Fernando Rizzi por el que se autorizaría la construcción de edificios sobre la costa de Punta Mogotes arroja puntos muy oscuros, picardías sobre algunos de sus artículos que veladamente contribuirían a empeorar la situación, si ésta se concretase.




Ya en los fundamentos previos, Rizzi sostiene que "Resulta claro que esta iniciativa no generará inconvenientes adicionales a los vecinos del sector, toda vez que como ya se expresó, hoy existen posibilidades de generar emprendimientos de 6 ó 7 pisos. Con relación al cono de sombra, el mismo se proyectará sobre ambas manos y el espacio central de la avenida, sin afectar paseos ni playas. Y además se favorecerá claramente la tipología de perímetro libre, garantizando una mayor estética barrial y una mejor calidad habitacional".



Más allá de lo erróneo que resulta establecer como cierta una consideración meramente estética, las torres para Rizzi siguen teniendo una característica "mágica": su cono de sombra sólo se proyectaría sobre la avenida, pero según el escrito no parece afectar a las casas linderas, sobretodo en horas de la mañana, y en esta época hasta pasadas las dos de la tarde. Y convengamos que una cosa es algunos conos de sombra de edificios de 6 ó 7 pisos autorizados "oscuramente", y otra muy distinta, cuadras enteras de sombras de edificios de al menos 12 pisos.Pero vayamos a lo que se pretende autorizar.



El proyecto fija tres tipos de construcciones, a saber: edificios "entre medianeras", es decir, que ocupan todo el ancho del terreno, edificios "de semiperímetro libre", que se caracterizan por dejar un espacio entre éstos y una de las medianeras, y edificios "de perímetro libre", que ocupan el centro del terreno, dejando espacios alrededor. De esta última tipología, dicen los defensores del proyecto, que permiten el asoleamiento, que tienen mejor relación con el medio ambiente y con la calidad habitacional, etc. pero en realidad es preferida porque permite poner ventanas (es decir, vistas) hacia los cuatro lados del edificio y eso, sabemos, se traduce en dinero.



Ahora bien, tanto la primera de las características, la "entre medianeras", como la segunda "de semiperímetro libre" se autorizarían con una planta baja libre (sin viviendas y como un lugar común) y 6 pisos máximo, o con planta baja libre y 10 pisos máximo, pero con menor profundidad sobre el terreno.

La tercera categoría, la de "perímetro libre", se permitiría planta baja libre y 12 pisos. Pero, y acá está lo raro, porque en un ítem que se titula "NOTA" y que no queda claro si es una nota a toda la ordenanza o sólo a la parte que se refiere a los edificios de perímetro libre y que alguna persona de no tan buena fe podría interpretar a su manera, se establece que: "La altura máxima de los pisos no podrá superar los tres metros (3,00m).

No se tomarán como pisos en el cómputo de plano límite, los destinados exclusivamente y en toda su superficie, a estacionamiento vehicular o usos comunes".

Es decir, el piso donde esté el quincho, el piso donde esté la pileta y el piso donde esté el estacionamiento, el piso donde esté la terraza, el piso donde esté el laundry, NO SE COMPUTAN COMO OTROS PISOS.Es decir que la ordenanza establecería que son doce pisos más los que se destinaran a esos espacios comunes, lo cual podría llevar los doce pisos a quince o más reales. Por ejemplo: ¿Y si alguien quiere hacer dos pisos de cocheras? Una trampita, una picardía de los autores del proyecto, para, además, suponernos estúpidos.

AUTOR / FUENTE: Jorge Tesan

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