lunes, 14 de junio de 2010

perpetua al criminal gregorio molina



Nos llegó información que queremos compartir sobre la condena a prisón perpetua del ex suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Rafael Molina por los crímenes perpetrados en nuestra ciudad durante la última dictadura en el centro clandestino La Cueva.

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Gracias a tod@s los que colaboraron a que podamos difundir, las audiencias del Juicio al represor Gregorio Rafael Molina. El proximo miercoles 16 de junio, se darán los fundamentos del fallo.
www.subzona15.blogspot.com

SI DIOS EXISTE, NO LE CREYO

En un fallo histórico, el ex suboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Rafael Molina es, partir de ayer, el primer condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en Mar del Plata durante la última dictadura cívico militar. A las 13.17 el tribunal ingresó a la sala. A los cinco minutos todo fue aplausos, llantos y abrazos. Gregorio Rafael Molina fue condenado a prisión perpetua en cárcel común por los crímenes cometidos en el centro clandestino de detención “La Cueva” que funcionó en la Base Aérea local.

Por primera vez, la Justicia tipifica el delito de violación en el marco de los crímenes de lesa humanidad. Ex suboficial de la Fuerza Aérea de 66 años fue condenado por los homicidios agravados por ensañamiento y alevosía de los abogados Roberto Centeno y Jorge Candeloro, secuestrados torturados y asesinados durante la tristemente celebre “Noche de las Corbatas”; por la privación ilegítima de la libertad agravada y la aplicación de tormentos agravados en 36 casos, y por la violación en forma de reiterada de tres mujeres cautivas.


El tribunal compuesto por Juan Leopoldo Velázquez, Beatriz Torterola, y Juan Carlos Paris (conjuez), decidió absolver a Molina por la privación ilegitima de la libertad agravada y la aplicación de tormentos agravados de María Eugenia Vallejos, Rubén Alberto Yansen, Luis Serra y Susana Rosa Jacué Guitián. Los jueces consideraron que no quedó acreditado durante el debate la autoría de Molina en estos cuatro hechos.



Hace 34 años Molina formó parte de los grupos de tareas que secuestró, torturó y desapareció a cientos de personas en el centro clandestino de detención “La Cueva”. Por estas horas se encuentra alojado en la alcaídia 44 de Batán. En los próximos días deberá será trasladado a una unidad penitenciaria donde deberá cumplir la condena impuesta.

El miércoles 16 de junio, a partir de las 15, el tribunal leerá los fundamentos del fallo condenatorio.


Aplausos


Como en ninguna de las audiencias de debate, la sala del Tribunal Oral Federal Nº 1 quedó pequeña para la cantidad de gente que ingresó a escuchar el fallo. Víctimas, madres y Abuelas de Plaza de Mayo y familiares de detenidos desaparecidos llenaron el recinto.


El secretario del Tribunal, encargado de leer el fallo, tuvo que interrumpir la lectura. “condenando a prisión perpetua”…desató el aplauso de casi toda la sala. Retomó la lectura y leyó rápido las imputaciones y el nombre de cada una de las víctimas.

Al final otra vez el aplauso, esta vez prolongado y con algunos asistentes de pie. Los jueces aceptaron el reconocimiento. Sólo interrumpieron la alegría para agradecer a las partes y a los presentes por su comportamiento durante las audiencias.


Abrazos

Los abrazos le ganaron a los aplausos. Dentro y fuera del Tribunal la tensión fue toda emoción. El primer juicio por crímenes de lesa humanidad cometidos en Mar del Plata tiene un fallo condenatorio. Sobrevivientes y familiares de víctimas del terrorismo de Estado, organismos de Derechos Humanos, H.I.J.O.S, Madres y Abuelas de Plaza de Mayo y el resto de la sociedad avanza hacia la justicia, después de 34 años.

Gregorio Rafael Molina fue sacado de sala mientras la mayoría celebraba su condena. Por más de tres horas tuvo que permanecer dentro del edificio de TOF 1 hasta que fue llevado nuevamente a la alcaídia.


Un día antes había hecho uso de su palabra, frente al tribunal dijo: “Ante Dios aseguro que soy inocente”. Si Dios existe, no le creyó.


Violaciones: delitos de lesa humanidad

“Cuando ese hombre de uniforme me violaba, era la Patria la que me violaba”, esta frase desgarradora pudo oírse en las audiencias del debate oral en boca de una de las sobrevivientes.Esa historia valiente, expresada desde el más profundo dolor, con la dignidad altiva de las mujeres que enfrentaron a su verdugo con la verdad, aportaron la prueba fundamental para que los delitos de violencia de género sean entendidos dentro de un plan sistemático diseñado por la dictadura cívico militar.

El doctor Sivo, representante de la querella por parte de las víctimas del terrorismo de Estado, explicó los alcances del fallo que condenó a Gregorio Rafael Molina alias “charles ó sapo a prisión perpetua en cárcel común por, entre otras cosas, haber violado a las detenidas desaparecidas que pasaron por La Cueva.

-En este juicio se condenó a Molina, entre otros delitos, por violaciones. ¿Esto es un hecho novedoso dentro de los procesos por delitos de lesa humanidad?

-Si. Es el primer Tribunal del país que lo hace, lo cual es estupendo. Estupendo como precedente, es muy valioso a ojos del derecho internacional. Muy, pero muy valioso, porque el precedente anterior de condenas por violaciones estaban integradas en el marco de la tortura. Es decir, en Rosario en la causa Barcos, lo condenan pero consideran a la violación como una tortura más, no como un delito específico.

-Es decir que, a partir de este fallo queda tipificado el delito de violación como un delito de lesa humanidad…

-Claro, eso es lo relevante. Ahora hay un fallo que específicamente dice que las violaciones fueron acreditadas, y las dan como delitos de lesa humanidad, delitos contra la humanidad específicamente. En el precedente anterior, único precedente en la Argentina los delitos sexuales estaban incluidos en los tormentos. Esto es un avance estupendo. En todo orden.

Además de la importancia para las víctimas, porque es reivindicar la dignidad de ellas. También la importancia que tiene el reconocimiento como un delito autónomo dentro de los delitos contra la humanidad. Es el primer precedente en la Argentina que en el contexto internacional de la lucha por los derechos humanos sienta un precedente muy importante.

-Estamos hablando que sienta jurisprudencia…

-Si, si, claramente, porque en otros caos entraba como tormentos o, como pasó en el caso de Rivero, era rechazado. Esto todavía se está discutiendo. En su momento la Cámara de San Martín lo revocó con una falta de mérito, que a la hora de reverse, el fallo de hoy puede servir mucho.

Es un precedente muy importante para todo lo que pasó en el país, porque las violaciones pasaban en todos los centros clandestinos.

Voces de dignidad y justicia. Las palabras de los protagonistas, a continuación:

Leda Barreiro, sobreviviente de La Cueva“En este momento estoy pensando, que lo duro que es el camino hacia la justicia vale la pena. Estoy, más que nada, con el corazón puesto en los que no pudieron salir de La Cueva. En ellos está mi pensamiento y pienso: no están, pero acá estamos luchando por reivindicar su memoria y que se sepa que hubo carniceros que los masacraron. Que la gente, la “ciudad feliz” sepa qué pasaba, como se masacraba gente a metros del aeropuerto donde llegaban los turistas.

Seguiremos luchando para que se siga haciendo justicia. Este es el comienzo”.“Esto es para los que quedaron en La Cueva, para los que no están hoy aquí con esta emoción que tenemos nosotros porque ya no están”.

Lucía Martín, sobreviviente de La Cueva“Estoy profundamente conmovida, es un poco tardía la justicia pero llegó.

Que una, todavía estando viva lo pueda presenciar, -no sé si la palabra para describir lo que siento es disfrutar, porque esto es muy doloroso para todos- pero sí disfruto de poder vivir que nuestro país empiece a hacer justicia porque ha sido muy grave lo que pasó en los centros clandestinos, y sólo los que estuvimos ahí lo sabemos”.

“Pase dos noches con una joven que lo único que sé es que se llamaba Alicia y por lo poquito que la conocí no se merecía –nadie se lo merece- estar integrando la lista de los desaparecidos. Por ella y por su esposo, vaya un homenaje hoy”.

Marta García de Candeloro, sobreviviente de La Cueva“Si uno piensa, en 33 años no hubo justicia, porque son 33 años que Molina ha estado libre –Molina como tantos otros-. Si es desde el punto de vista social, me parece importantísimo. Esto marca que empieza a terminar la impunidad.

Es un aliento de vida, para un futuro… ya no pueden hacer lo mismo porque pueden ser jugados. Todos estos juicios son rompimiento de la idea de que se puede llegar a semejante terror y quedar impune. Nunca Más.

Daniel Adler, representante del Ministerio Público Fiscal

“Hemos asistido a un proceso de justicia donde finalmente después de tantos años la reflexión es que quien las hace las paga. La justicia, lenta llega inclusive al poderoso.Hay algunas cuestiones que vislumbran a este fallo como novedoso, en cuanto, por ejemplo, a la condena por violación. Es el primer fallo del país que condena por las violaciones en los centros clandestinos de detención.

Aparte, impone pena de prisión perpetua, quiere decir que la calificación propuesta por el Ministerio Público fue acogida. Lo cual, también es muy importante”.

Alfredo Jozami, representante de la querella del Colegio de Abogados“Estoy es un antecedente histórico que trasciende las fronteras marplatenses”.

“Desde el Colegio de Abogados estamos muy contentos, porque en realidad todos los casos de los abogados que fueron víctimas del terrorismo de Estado, aquellos de “La Noche de las Corbatas” y los otros, sus casos han sido merituados y el represor Molina se ha llevado una condena también por ellos”.

“Hay que tener muy en cuenta y ser muy claros en que todos hemos respetado este proceso con todas las garantías constitucionales, del debido proceso, la garantía del derecho a defensa en juicio… todo lo que ellos no hicieron, en este juicio se plasmó”.“Destacamos el testimonio de las víctimas, que no se salieron de lo que realmente sus sentidos habían observado en el momento de los hechos”.“Estamos haciendo escuela para el futuro. Esta es una Argentina nueva”

Los jueces dijeron...

El tribunal falla:
Primero: desestimando el planteo articulado por la defensa en relación a la extinción de la acción penal por prescripción.

Segundo: rechazando la excepción de prescripción deducida por la defensa respecto de los hechos subsumibles en el artículo 119 del código penal.

Tercero: desestimando la articulación de nulidad parcial de la acusación formulada por la parte querellante Colegio de Abogados del departamento Judicial de Mar del Plata.

Cuarto: Condenando a Gregorio Rafael Molina a la pena de prisión perpetua por ser considerado:Partícipe necesario en la comisión del delito de homicidio agravado por ensañamiento, alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas; dos hechos en concurso real y de los cuales resultaran víctimas los doctores Norberto Oscar Centeno y Jorge Roberto Candelero. (Art. 80 inciso 2 y 6; Art. 55 del Código Penal).Coautor del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por su tarea de funcionario público y por mediar violencia en 36 hechos; figura legal que concurre con la imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos (Art. 144bis inciso 1, en función del Art. 142 y del 114 ter párrafo segundo según Ley 14616; 45 y 55 del Código Penal).

Autor del delito de violación en forma reiterada agravada por la calidad del autor encargado de la guarda de la víctima en tres hechos que concurren materialmente entre sí. (Art. 119 y 122 relación previa a la modificación por introducida por Ley 25087, 45 y 55 del Código Penal)Autor del delito de violación en forma reiterada dos hechos y violación en grado de tentativa, un hecho. Los tres hechos agravados por la calidad del autor encargado de la guarda de la víctima y que concurren materialmente entre sí. Art. 119 y 122 relación previa a la modificación por introducida por Ley 25087, 42, 45 y 55 del Código Penal).

Quinto: Todos los hechos e ilícitos enrostrados a Gregorio Rafael Molina concurren materialmente entre sí, conforme a la regla del Art. 55 del Código Penal. Como a las accesorias legales de inhabilitación absoluta y perpetua y privación, mientras dure la pena, de la Patria Potestad, de la administración de sus bienes y del derecho a disponer de ellos, con costas.Sexto: absolviendo a Gregorio Rafael Molina en orden a los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados en relación 4 hechos, por no haberse acreditada la autoría del nombrado en tales hechos.

Sin costas. Firmado


Juan Leopoldo Velazquez

Beatriz Elena Torterola

Juan Carlos París

Ante mí, Carlos Ezequiel Oneto, secretario.

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